Una recomendación de carácter genérico, no personalizada y divulgada a través de canales de distribución dirigidos al público en general.
Recomendando los productos que mejor se ajusten a la situación personal del cliente previamente analizada su experiencia, conocimientos y objetivo de la inversión.
No es obligatorio pero su firma es habitual. En caso de no tener un contrato firmado, si será obligatorio proporcionar por escrito la recomendación realizada por la EAFI.
El cobro de unos honorarios por el valor efectivo de la cartera y/o por la revalorización de dicha cartera, siempre que la EAFI lo tenga establecido en el folleto de tarifas máximas aportado a la CNMV.